Micelio
Auto4 de mayo de 2022

A- de 2022

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Lopez Mendez Leonardo Fabio·Demandado Secretaria De Movilidad Villeta Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villeta y la Sala Tercera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia.

En este caso la primera autoridad mencionada declaró que no era competente con fundamento en el factor territorial y la aplicación de normas de reparto.

La Sala Plena encontró que el precitado despacho utilizó las reglas de reparto para rechazar la competencia, en contravía con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021 y la jurisprudencia constitucional.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villeta para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de la Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto, por lo que deberá abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 23 de febrero de 2022 proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de Villeta, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Leonardo Favio López Méndez contra la Secretaría de Movilidad de Villeta.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4161 al Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo Municipal de Villeta para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo Municipal de Villeta que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto. Por lo tanto, deberá abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
  7. Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Sala Tercera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.